LA MUERTE DIGNA
Siempre es y será muy
difícil para una persona enferma y para todo su entorno familiar vivir,
soportar y enfrentar los momentos previos al desenlace final. El avance de la
ciencia médica, la antropología, la filosofía y otras disciplinas como la ética
y la teología constituyen el ámbito de debate en torno a los límites y alcances
de las intervenciones de los profesionales médicos para prolongar o acortar la
vida de los enfermos terminales con procedimientos artificiales o
desproporcionados. El Papa Francisco, al recibir en una audiencia a
profesionales médicos de España, Portugal y Latinoamérica, pidió a los mismos que “Ante el sufrimiento de los enfermos no
cedan a la tentación funcionalista de aplicar soluciones rápidas y drásticas
movidos por falsa compasión o por meros criterios de eficiencia y ahorro
económico, porque está en juego la dignidad y la vida humana” “El compromiso
del médico – siguió diciendo el Papa – no solo se apoya en la ciencia y
competencia técnica sino principalmente en su actitud compasiva y
misericordiosa hacia los que sufren en el cuerpo y en el espíritu. En nuestra
cultura tecnológica e individualista, la compasión no siempre es bien vista y
en ocasiones hasta se la desprecia porque significa someter a la persona que la
recibe a una humillación” (Diario Última Hora, viernes 10 de junio del 2016)
Hay que señalar que en el común de la gente se asume la idea de que los médicos
y los centros médicos en su gran mayoría actúan en función a las posibilidades
económicas del paciente y su entorno para prolongar o no artificialmente la
vida de un enfermo terminal. Por eso este debate ha llegado al campo jurídico. En ese sentido se considera una necesidad
definir en el futuro, un catálogo de tratamientos que en ningún caso pueden ser
omitidos o retirados. En este ámbito también se habla de “La muerte digna, un
concepto que permite designar el derecho que ostenta todo paciente que padece
una enfermedad irreversible e incurable y que se halla en estado de salud
terminal, de decidir y manifestar su
deseo de rechazar procedimientos ya sean quirúrgicos invasivos, de hidratación,
de alimentación y hasta de reanimación por vía artificial, por resultar los
mismos extraordinarios y desproporcionados en relación a la perspectiva de
mejora y por generarle al paciente aun más dolor y padecimiento” (“Concepto
legal de la muerte digna” Ramón Macia Gómez) Este mismo autor, señala que “la
muerte digna se diferencia de la eutanasia en que de ninguna manera se propone
de modo deliberado el adelantamiento del deceso del paciente en cuestión” En cuanto al concepto de la eutanasia, Macia Gómez, distingue la eutanasia directa e indirecta. La directa a su vez admite
dos posibilidades: a) La eutanasia
directa y activa que es la causación de la muerte indolora a petición del
afectado cuando es víctima de enfermedades incurables progresivas b) La
eutanasia directa pasiva, por la que se precipita la muerte mediante abstención
de efectuar actos médicos necesarios para la continuación de la vida del
paciente. Mientras que la eutanasia indirecta, es aquella en la que la
intención no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, con procedimientos
que pueden tener como efecto secundario la muerte. Por ejemplo la sobredosis de
morfina para calmar los dolores, cuyo efecto secundario es la abreviación de la
vida. Son interesantes estas informaciones que por supuesto no agotan ni pueden
agotar el tema. Por más dolorosa que sea esta cuestión, puede resultar
necesario profundizar en la misma porque pone en juego nada más y nada menos
que la dignidad de la persona humana.
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