EL DOLOR DE LA
IMPOTENCIA.
Las imágenes son
fuertes, impactantes. Desde hace 126 días están crucificados. Son trabajadores
de una empresa de transporte. Sus reclamos no fueron atendidos y terminan
siendo imputados por ocupar la calle frente al edificio que tenían que ser
refugio para ellos. Fueron convocados por una jueza y ellos respetuosos de la
Ley se dispusieron a acudir junto a la magistrada con la cruz a cuesta.
Previamente habían sido desalojados con sus carpas precarias. Entre los
crucificados una señora, esposa de uno de los crucificados, también dejaba
traslucir el dolor físico que sentía. Todos sufrían pero estaban animados y
decididos a continuar en la lucha. “Que
se reconozca nuestro sindicato y levantamos la medida de la crucifixión”
afirmaban. Ahí estaba el problema. ¿Sindicatos? En este país y en este momento
esa palabra está casi prohibida. No importan los robos miserables, sus autores
caminan libres y arrogantes. ¿Pero organizar un sindicato? Eso sí es una falta
grave. Este es el caso de la Línea 49, ciudad de Limpio. Su propietario un
diputado nacional, que tiene prohibido por la Constitución Nacional poseer y
administrar una empresa de servicio público. Pero eso qué importa. Hay muchos
otros colegas que están en la misma situación. Está tranquilo con su falta,
porque solamente puede ser juzgado por sus colegas y entonces no tiene porqué
preocuparse. En ese recinto nadie mueve el avispero. Funciona un pacto de
impunidad. Pero lo más triste es el
papel que desempeña el Ministro de Trabajo que ni siquiera simula la apariencia
de equidistancia al defender sin disimulo la parte patronal. El Art. 96 de la
Constitución Nacional establece que “Todos los trabajadores públicos y privados
tienen derecho a organizarse en sindicatos sin necesidad de autorización
previa” ni de la patronal ni de ninguna autoridad. El Ministerio de Trabajo lo
único que debe hacer es registrar la nueva organización sindical, no
autorizarla. Es un mero trámite administrativo que este Ministerio lo
convierte en una potestad de reconocimiento. Si se han cumplido los requisitos
mínimos tiene que registrar y reconocer. Hasta ahora no lo reconoce. La
creación del sindicato es anterior a los despidos de la patronal. Incluso, el
sindicato creado posteriormente con iniciativa de la patronal, ya cuenta con
personería gremial. “Los trabajadores
pueden volver al trabajo o retirarse si quieren” afirma hipócritamente el
diputado propietario. El tema central en este caso es que si se reconoce la
personería gremial del sindicato inicialmente constituido, sus dirigentes ya no
pueden ser despedidos porque adquieren estabilidad sindical. Por eso esta
lucha. No es solamente volver al trabajo sin ninguna garantía de permanencia.
El tema es crucial, porque los trabajadores del volante son esclavos modernos.
Cumplen doble función de conductor y cobrador. Trabajan hasta 18 horas y no
tienen cubertura del seguro social. Nadie defiende a este trabajador. Ni el
municipio, ni el Gobierno Nacional. Tampoco cuentan con el apoyo de la Corte
Suprema de Justicia. El servicio del
transporte público en manos privadas nunca dará resultado ni a favor del
público usuario ni de los propios trabajadores. Por eso este es un tema clave.
La injusticia y la impotencia que ocasiona el servicio del transporte público
no tienen dimensión civilizada. La lucha de la organización y la solidaridad es
el único camino con que cuentan nuestros sacrificados trabajadores del
transporte público.
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